octubre 9, 2024

SUDEBAN estableció requisitos para el otorgamiento de créditos a emprendedores

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Está circular tiene como propósito la agilización y efectividad del proceso crediticio y de los requisitos a ser consignados por las personas naturales que desean promover el desarrollo de nuevos emprendimientos.

Está circular tiene como propósito la agilización y efectividad del proceso crediticio y de los requisitos a ser consignados por las personas naturales que desean promover el desarrollo de nuevos emprendimientos.

La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) publicó este jueves, la Circular SIB-II-GGR-GNP-05551, dirigida a todas las instituciones bancarias, relativa a los requisitos para el otorgamiento de financiamiento para el fomento y desarrollo de emprendimientos de personas naturales, en consonancia con las instrucciones emanadas por el presidente Constitucional, Nicolás Maduro Moros y la vicepresidenta Ejecutiva, Delcy Rodríguez, con el objeto de impulsar y fortalecer el aparato productivo nacional.

En ese sentido, sin perjuicio de las normativas prudenciales emitidas por este Organismo, se establecen por vía de excepción condiciones especiales a los requisitos requeridos para el otorgamiento de los financiamientos para el fomento y desarrollo de emprendimientos, en los términos que a continuación se detallan:

Requisitos para los Emprendedores Persona Natural con financiamientos desde cien (100) veces el tipo de cambio de mayor valor hasta mil seiscientas cincuenta (1.650) veces el tipo de cambio de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela.

1. Copia de la cédula de identidad o Pasaporte vigente.
2. Copia del Registro de Información Fiscal (RlF).
3. Certificado del Registro Nacional de Emprendimientos (RNE).
4. Presupuesto del bien, mercadería, suministros o insumos; entre otros, a ser adquirido, relacionado con el crédito solicitado.
5. Última Declaración del lmpuesto Sobre la Renta (ISLR), si declara.
6. Planilla de solicitud del Crédito para Emprendedores.
7. Evidencia fotográfica de las actividades a las que se dedica (en las aplicaciones de las Redes Sociales; tales como: Instagram, Twitter o Facebook).
8. Estados de cuentas bancarias, de los últimos tres (3) meses de las cuentas que posea; de ser el caso.

Requisitos para los Emprendedores Persona Natural con financiamientos desde mil seiscientas cincuenta y un (1.651) veces el tipo de cambio de mayor valor hasta dieciséis mil quinientas cincuenta (16.550) veces el tipo de cambio de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela.

1. Copia de la cédula de identidad o Pasaporte vigente.
2. Copia del Registro de Información Fiscal (RlF).
3. Certificado del Registro Nacional de Emprendimientos (RNE).
4. Presupuesto del bien, mercadería, suministros o insumos; entre otros, a ser adquirido, relacionado con el crédito solicitado.
5. Última Declaración del lmpuesto Sobre la Renta (ISLR), si declara.
6. Planilla de solicitud del Crédito para Emprendedores.
7. Evidencia fotográfica de imágenes de las actividades a las que se dedica (en las aplicaciones de las Redes Sociales; tales como: Instagram, Twitter o Facebook).
8. Estados de cuentas bancarias, de los últimos tres (3) meses de las cuentas que posea.

Uno de los aspectos resaltantes de esta normativa es que las Instituciones Bancarias no podrán solicitar requisitos adicionales a los señalados en la circular, salvo aquellos estrictamente necesarios para el análisis y evaluación de riesgo crediticio del deudor.

Con estas acciones la Sudeban trabaja de acuerdo a los lineamientos del Ejecutivo Nacional, encabezado por nuestro presidente Nicolás Maduro, con el compromiso de coadyuvar al fortalecimiento de la economía a través del financiamiento al sector productivo del país.

Prensa Sudeban

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